La normativa que rige a las Facultades y los Consejos de Facultad es la siguiente:
ACUERDO 011 DE 2005 del Consejo Superior Universitario "Por el cual se adopta el Estatuto General de la Universidad Nacional de Colombia".
ARTÍCULO 33. La Facultad. La Facultad es una estructura básica de organización de la Universidad, que agrupa profesiones o disciplinas afines o complementarias. Será la encargada de administrar los programas curriculares de pregrado y posgrado, de investigación, de extensión y de creación artística. Administrará el personal académico y administrativo, los bienes y recursos tanto materiales como culturales, incluidos los que constituyen patrimonio, que se le asignen.
Estará compuesta por Unidades Académicas Básicas que se denominarán Departamentos, Centros e Institutos, de acuerdo con las funciones que cumplan. Estará dirigida y orientada por un Consejo de Facultad y un Decano.
Para el desarrollo de sus funciones, contará como mínimo con: un Vicedecano, un Secretario de Facultad y un Director de Bienestar. Para su adecuado funcionamiento y dependiendo de su complejidad, la Facultad podrá solicitar al Consejo Superior Universitario la creación de otros cargos o dependencias.
Ver Acuerdos CSU 026, 031, 032 y 034 de 2001, 004 y 006 de 2002, 010, 011 y 012 de 2006, 014, 034 y 035 de 2007, 005, 006, 013, 014 y 031 de 2008, 001, 006 y 024 de 2009 y 008 de 2010.
PARÁGRAFO. Las actuales unidades denominadas Escuela, Conservatorio u Observatorio conservarán su denominación siempre y cuando sus funciones correspondan a las de un Departamento.
ARTÍCULO 34. Consejos de Facultad. Carácter y Composición. Consultar
ARTÍCULO 35. Funciones del Consejos de Facultad. Consultar
ARTÍCULO 36. El Decano. Consultar
ARTÍCULO 37. Funciones del Decano. Consultar
ARTÍCULO 38. Causales de remoción del Decano. Consultar
ARTÍCULO 39. El Vicedecano. Consultar
ARTÍCULO 40. Secretario de Facultad. Consultar
ARTÍCULO 41. Programas Curriculares. Consultar
ARTÍCULO 42. Directores de Programas Curriculares. Consultar
ARTÍCULO 43. Comités Asesores de Pregrado y Posgrado. Consultar
ARTÍCULO 44. Unidades Académicas Básica. Consultar
ARTÍCULO 45. Directores de Unidad Académica Básica. Consultar
Integrantes Consejo de Facultad
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